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Asteriscos

Cuatro hombres y una mujer muertos en Ensenada

Redacción
Hace 3 años
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(*1) Cerca del arroyo hallaron cuerpo en maleta negra

Residentes de la calle Argentina y Brasil, descubrieron un cuerpo doblado dentro de una maleta negra cerca de la calle Alisos y el arroyo Ensenada.

La mañana del sábado 12 de agosto a las 06:28 horas, elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM) confirmaron el hallazgo.

El cuerpo del que resportaron testigos, solo se le veían las piernas y una prenda negra, permaneció unas horas en lo que personal de la Fiscalía General del Estado (FGE) llevó a cabo el peritaje para iniciar una investigación.

(*2) Mataron a hombre en la colonia Reforma en Ensenada

Un hombre de 27 años de edad fue ejecutado en un domicilio de la colonia Reforma a plena luz del día del lunes 14 de agosto.

Elementos de la DSPM recibieron un reporte sobre disparos de arma de fuego sobre la calle Miguel Alemán en la zona al noreste del centro de la ciudad.

Testigos informaron que un hombre se dio a la fuga con una arma larga en la mano, elemento de la (FGE) llegaron al lugar del incidente para iniciar una investigación. No reportaron detenidos.

(*3) Le dispararon a hombre en invasión El Roble

 El cuerpo de un hombre sin vida quedó tendido en media calle en la zona conocida como invasión El Roble el martes 15 de julio 2023, de acuerdo a medios especializados este es el homicidio número 69 en Ensenada en lo que va del año. 

El reporte fue dado alrededor de las 13:00 horas cuando vecinos del lugar escucharon disparos e hicieron el llamado al número de emergencias 911. 

Al llegar los agentes certificaron al hombre con lesiones evidentes de arma de fuego y por el que nada pudieron hacer. 

El sitio quedó acordonado  a la llegada de unidades de la Fiscalía General del Estado (FGE) y Servicios Periciales que inicaron una investigación.

(*4) Abandonaron cuerpo de mujer asesinada dentro de un auto.

Ese mismo martes se registró un segundo homicidio, el número 70, sucedió momentos más tarde en un camino vecinal que conduce a San José de la Zorra, en la Delegación de La Misión del municipio de Ensenada.

Datos oficiales indican que se reportó a la delegación policiaca en  La Misión, sobre un vehículo sospechoso abandonado. Agentes revisaron la unidad y en el interior encontraron el cuerpo de una mujer de 45 años aproximadamente, la cual presentaba golpes en la cara y manchas de sangre en ropa y manos.

Personal de la FGE tuvo que trasladarse hasta el lugar para hacer las diligencias necesarias y dar con el responsable.

(*5) Hallaron cuerpo en descomposición en la Colonia Jesús Munguía

Ya el jueves por la tarde fue localizado un cuerpo de un hombre de unos 50 años de edad, en descomposición dentro de un departamento en la Colonia Jesús Munguía.

El 17 de agosto, los vecinos reportaron que de los departamentos en la calle Baja California cerca de la calle 11 se percibía un olor nauseabundo. 

Agentes llegaron en una patrulla y al ingresar al sitio encontraron el cuerpo que despedía el olor, procedieron a acordonar el sitio e hicieron entrega a elementos de la FGE, que son responsables de investigar las causas probables de la muerte.

Actualizada el 20 de agosto

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Matan a golpes a joven para robarle auto

Redacción
Hace 8 años
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Imagen del vehículo Acura, color verde, modelo 1999.  - Foto: Cortesía.

Tras haberle propinado golpes en la cabeza para despojarlo de su auto, el joven Fernando Israel Dueñas Flores de 25 años perdió la vida.

De acuerdo a información de la Procuraduría General de Justicia en Ensenada, los hechos ocurrieron alrededor de las 11:00 horas en la colonia Industrial, entre las calles Atoyac y Esmeralda.

Los primeros datos indican que el 31 de enero, unos sujetos lo golpearon con un objeto contuso en la cabeza para despojarlo de su vehículo Acura, color verde, modelo 1999.

Por tal motivo, ingresó al Hospital General y falleció un día después alrededor de las 6:30 horas. No hubo detenidos.

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Opinión
SImulación político-partidista rebasa marco normativo
2026-07-21 18:14:59
...

 - .

Colaboración
...

El contexto político-partidista en México evidencia que la simulación opera como el mecanismo que permite a la competencia electoral, rebasar el marco normativo.

Bajo esta dinámica, los actores hegemónicos capitalizan la ambigüedad vacante antes de que la autoridad logre regularla.

Más información...

Por lo tanto, aunque no todas las acciones documentadas constituyen una ilegalidad flagrante, sí ilustran cómo agendas de carácter partidista, gubernamental, editorial o ciudadano operan funcionalmente como campañas anticipadas. Este es un análisis a través del cual describe dicho fenómeno tanto en su dimensión política como jurídica, delimitando con precisión las conductas probadas, las denunciadas y aquellas que subsisten en la zona gris del derecho electoral.

1.⁠ ⁠Convertir la sucesión interna en un “proceso político”, no en una precampaña

El caso más claro y reciente fue 2023. Morena organizó la selección de su futura candidatura presidencial mediante la figura de “Coordinador o Coordinadora Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación”.

Formalmente no se eligió en ese momento una candidatura; se eligió una coordinación partidista. En paralelo, la oposición creó el proceso del Frente Amplio por México para seleccionar a la persona responsable de “construir” dicho frente.

En los hechos, ambos procesos incluyeron:

  • Aspirantes de conocimiento nacional;
  • Recorridos por el país;
  • Eventos masivos;
  • Propaganda;
  • Debates políticos indirectos;
  • Encuestas o consultas como método de selección;
  • Cobertura mediática diaria.

La discusión jurídica fue precisamente si esos mecanismos eran auténticos procesos internos o precampañas presidenciales adelantadas.

El Tribunal permitió su continuación bajo restricciones, y el INE tuvo que crear lineamientos extraordinarios para fiscalizar gastos, propaganda y actividades porque la legislación ordinaria no contemplaba con claridad una contienda interna de esa magnitud celebrada antes de las precampañas legales.

La simulación consistió en:

No llamarlo “precampaña”, no denominar “precandidatos” a los participantes y no decir formalmente que se disputaba la candidatura presidencial, aunque el resultado político previsible fuera precisamente posicionar y seleccionar a quien posteriormente sería candidata o candidato.

Eso no significa que todo el proceso haya sido declarado ilegal. Significa que la arquitectura nominal y partidista permitió adelantar buena parte de las funciones políticas de una precampaña sin utilizar sus categorías jurídicas formales.

2.⁠ ⁠Sustituir el llamado expreso al voto por equivalentes comunicativos

La legislación define los actos anticipados, entre otros elementos, por la existencia de llamados expresos al voto a favor o en contra de una opción política.

En respuesta, la comunicación política se volvió más sofisticada. En lugar de decir:

“Vota por mí”

se emplearon expresiones como:

“Es tiempo de…”

“Que siga…”

“La transformación continúa”

“Es la respuesta”

“Estamos listos”

“Vamos a defender…”

“Que nadie nos detenga”

“El futuro es ahora”

Por separado, muchas de estas frases pueden presentarse como opiniones, lemas partidistas o mensajes genéricos. El problema jurídico surge cuando, dentro del contexto completo, funcionan como un equivalente funcional de solicitud del voto.

Las autoridades electorales han señalado repetidamente que no basta analizar una frase aislada; deben valorarse la audiencia, temporalidad, sistematicidad, posición de la persona, alcance territorial y beneficio electoral. Aun así, cuando no aparece un llamamiento suficientemente claro, las medidas cautelares o sanciones pueden resultar improcedentes.

La técnica política

Construir reconocimiento, preferencia y asociación emocional sin formular una petición explícita de voto. Jurídicamente, la frontera se desplaza de la literalidad al contexto, lo que vuelve la prueba más compleja y genera resultados judiciales variables.

3.⁠ ⁠Propaganda contratada aparentemente por “simpatizantes”

Durante 2023 aparecieron espectaculares, bardas, lonas y anuncios en distintas entidades promoviendo nombres, iniciales, caricaturas, libros, frases y atributos de aspirantes. Una defensa recurrente fue:

“No lo contraté”.

“No sé quién lo pagó”.

“Fue iniciativa de simpatizantes”.

“Ya me deslindé”.

“No corresponde a mi equipo”.

El INE abrió investigaciones para seguir la ruta del dinero y determinar quién contrató, pagó y se benefició de esa propaganda. También ordenó que los gastos vinculados a los procesos políticos fueran registrados y fiscalizados.

Cómo funciona la simulación

Una tercera persona, asociación, empresario, militante o grupo aparentemente independiente realiza el gasto. El aspirante obtiene exposición sin reconocer inicialmente el costo como propio. Después puede presentar un “deslinde”, cuya eficacia depende de que sea oportuno, jurídico, idóneo y eficaz; un simple comunicado tardío no necesariamente elimina responsabilidad.

La dificultad para la autoridad consiste en demostrar:

Coordinación;

Conocimiento previo;

Consentimiento;

Beneficio;

Origen del dinero;

Vínculo entre proveedor y estructura política.

4.⁠ ⁠Presentar propaganda personal como promoción de libros, revistas o entrevistas

Otra práctica consiste en promover:

  • Portadas de libros;
  • Revistas con fotografías de aspirantes;
  • Entrevistas pagadas;
  • Documentales biográficos;
  • Conferencias;
  • Presentaciones editoriales;
  • Campañas de “posicionamiento de imagen”.

El contenido puede formalmente anunciar un producto editorial o periodístico, pero visualmente destaca:

  • Rostro;
  • Nombre;
  • Eslogan;
  • Aspiración;
  • Atributos personales;
  • Presencia territorial sistemática.

El punto no es que promover un libro sea ilegal. El problema aparece cuando la promoción editorial se convierte en un vehículo sustitutivo de propaganda político-electoral y se despliega con una intensidad, temporalidad y cobertura que difícilmente se explican solo por fines comerciales.

En estos casos, la autoridad debe determinar si existe una finalidad electoral predominante, quién financió la publicidad y si el gasto produjo un beneficio cuantificable para una futura candidatura.

 

5.⁠ ⁠Utilizar informes legislativos o gubernamentales como plataformas de posicionamiento

La ley permite que las personas servidoras públicas informen sobre sus actividades, pero esa comunicación tiene límites temporales, territoriales y materiales. La práctica problemática consiste en:

  • Extender la difusión más allá del periodo permitido;
  • Colocar propaganda fuera del ámbito territorial correspondiente;
  • Destacar excesivamente rostro, nombre o lema;
  • Mantenerla publicada durante meses;
  • Convertir el informe en una gira;
  • Difundir logros institucionales como atributos personales.

En 2024, por ejemplo, tribunales electorales confirmaron infracciones relacionadas con la difusión extemporánea de informes legislativos.

La simulación

El mensaje se presenta como rendición de cuentas, pero su diseño y circulación cumplen funciones de construcción electoral: conocimiento del nombre, identificación con logros y asociación entre presupuesto público y reputación personal.

 

6.⁠ ⁠Confundir comunicación gubernamental con promoción personal

Las personas gobernantes y funcionarias tienen derecho a informar; sin embargo, los artículos constitucionales de imparcialidad y neutralidad impiden utilizar recursos públicos para favorecer opciones electorales.

Las zonas de conflicto recientes han incluido:

  • Conferencias oficiales;
  • Publicaciones en cuentas institucionales;
  • Inauguraciones;
  • Entrega de apoyos;
  • Eventos gubernamentales con aspirantes;
  • Entrevistas realizadas durante horario laboral;
  • Participación de servidores públicos en actos partidistas;
  • Transporte, personal o logística pública.

Existen resoluciones donde se analizaron o acreditaron promoción personalizada, actos anticipados, vulneración a la neutralidad o uso indebido de recursos. En un asunto relacionado con funcionarios de Michoacán, la Sala Especializada estudió y tuvo por actualizadas diversas infracciones vinculadas con promoción a favor de una aspirante presidencial.

El mecanismo

El acto se justifica como ejercicio del cargo, pero el beneficio reputacional se concentra en una persona o partido. La ventaja es especialmente fuerte para el oficialismo porque dispone de agenda pública, cobertura institucional y capacidad permanente de comunicación.

7.⁠ ⁠Mantener giras nacionales bajo la figura de “asambleas informativas”

Las asambleas partidistas son legales. Lo problemático surge cuando, antes de las precampañas:

  • Se realizan de manera sistemática en todo el país;
  • Tienen producción similar a un mitin;
  • Se personalizan alrededor de un aspirante;
  • Presentan discursos de contraste electoral;
  • Despliegan estructuras territoriales;
  • Distribuyen propaganda nominal;
  • Generan cobertura permanente.
  • Los lineamientos de 2023 permitieron actividades de procesos partidistas, pero prohibieron llamados al voto, propuestas electorales explícitas y determinadas formas de propaganda. También establecieron fiscalización y límites de gasto.

La utilidad política

Aunque formalmente se habla a militantes o simpatizantes, el evento se transmite en redes, medios y plataformas, por lo que la audiencia efectiva es mucho más amplia. Así se obtiene presencia nacional antes del periodo legal sin utilizar el nombre de “mitin de precampaña”.

 

8.⁠ ⁠Usar encuestas como método formal para legitimar una candidatura ya posicionada

Las encuestas internas cumplen dos funciones:

  1. ⁠Seleccionar formalmente;
  2. ⁠Incentivar meses de posicionamiento previo, porque cada aspirante necesita elevar conocimiento y preferencia antes de la medición.

La encuesta actúa como justificación organizativa de giras y propaganda: “no estoy buscando el voto ciudadano; estoy buscando ser reconocido por militantes y simpatizantes para una medición interna”.

En 2023, tanto el oficialismo como la oposición utilizaron mecanismos de encuesta, consulta o participación para legitimar sus procesos anticipados. La estructura permitía afirmar que no se estaba compitiendo todavía en una elección constitucional, sino dentro de una organización política.

9.⁠ ⁠Separar formalmente campaña digital y estructura partidista

En redes sociales se utilizan:

  • Páginas de apoyo no oficiales;
  • Comunidades de simpatizantes;
  • Influencers;
  • Cuentas temáticas;
  • Grupos de WhatsApp y Telegram;
  • Contenidos aparentemente espontáneos;
  • Memes;
  • Clips emocionales;
  • Campañas de hashtags.

La dificultad regulatoria está en demostrar quién pagó, quién coordinó y si existe aportación en especie. Cuando una red parece orgánica, el beneficiario puede negar control. Cuando existen pagos o coordinación, deberían reportarse como gasto y pueden generar responsabilidad.

La investigación electoral actual enfrenta un problema adicional: buena parte de la propaganda digital es efímera, microsegmentada o distribuida por terceros, lo que complica su monitoreo y valuación.

 

10.⁠ ⁠Adelantar posicionamiento mediante asociaciones civiles o plataformas ciudadanas

Antes de una candidatura formal, pueden crearse:

  • Asociaciones civiles;
  • Movimientos ciudadanos;
  • Fundaciones;
  • Plataformas temáticas;
  • Observatorios;
  • Iniciativas de causas públicas.

Estos vehículos organizan eventos, producen contenidos, levantan bases de datos y construyen redes territoriales.

Por sí mismas, estas actividades pueden ser legales. La simulación aparece cuando la organización está materialmente orientada a promover una candidatura futura, pero sus recursos y actividades no se reportan como gasto electoral porque formalmente todavía no existe esa candidatura.

El punto crítico para la fiscalización es determinar cuándo una actividad ciudadana deja de ser autónoma y se convierte en aportación coordinada a un proyecto electoral.

 

11.⁠ ⁠Explotar periodos regulatorios incompletos

En la elección judicial de 2025 se observó otro ejemplo: aspirantes comenzaron giras, entrevistas y eventos antes del periodo de campaña, en un contexto normativo nuevo, con reglas incompletas y sanciones poco claras. Diversas críticas señalaron que algunas personas aprovecharon esa incertidumbre para posicionarse antes que sus competidores.

El patrón es recurrente:

  1. 1.⁠ ⁠Surge una figura electoral nueva;
  2. 2.⁠ ⁠La ley no regula todos los supuestos;
  3. 3.⁠ ⁠Los actores se adelantan;
  4. 4.⁠ ⁠La autoridad emite lineamientos;
  5. 5.⁠ ⁠Los tribunales corrigen o acotan;
  6. 6.⁠ ⁠Para entonces, parte de la ventaja comunicativa ya se obtuvo.
  7.  7.⁠ ⁠Deslindarse después de recibir el beneficio

El “deslinde” se ha convertido en una pieza habitual:

“No autoricé esa barda, espectacular, evento o página.”

Jurídicamente, el deslinde no opera automáticamente. Para ser eficaz debe mostrar acciones reales para detener la conducta, identificar responsables y evitar la continuidad. Sin embargo, políticamente, aun cuando después se retire la propaganda, el nombre ya fue expuesto durante días o semanas.

Ahí existe una asimetría importante:

  • La sanción puede llegar meses después;
  • La exposición ocurrió en el momento políticamente útil;
  • El costo reputacional o económico de la sanción puede ser menor que el beneficio obtenido.

 

El patrón general

La estrategia reciente no suele consistir en violar frontalmente la norma mediante un anuncio que diga “vota por mí antes de tiempo”. Es más sofisticada:

  1. ⁠Cambiar el nombre jurídico de la actividad.
  2. ⁠Evitar el llamado literal al voto.
  3. ⁠Distribuir el gasto entre terceros.
  4. ⁠Separar formalmente al aspirante de la propaganda.
  5. ⁠Usar actividades legítimas —informes, libros, asambleas, entrevistas— con intensidad electoral.
  6. ⁠Aprovechar que la autoridad debe investigar contexto, financiamiento y coordinación.
  7. ⁠Litigar hasta que la campaña o el proceso ya produjo efectos políticos.

Valoración objetiva

El caso de 2023 marcó un cambio cualitativo: la precampaña presidencial material comenzó varios meses antes de la precampaña legal, tanto en el oficialismo como en la oposición. El INE y el Tribunal no ignoraron el fenómeno; intentaron encauzarlo mediante reglas extraordinarias y fiscalización. Sin embargo, ese remedio también terminó normalizando parcialmente una realidad política que la legislación no había previsto.

La lección institucional es clara: en México la competencia electoral suele avanzar más rápido que la regulación. Los actores más poderosos explotan primero la ambigüedad; las autoridades regulan después. No todo lo descrito es automáticamente ilegal, pero sí muestra cómo actividades formalmente partidistas, gubernamentales, editoriales o ciudadanas pueden desempeñar funcionalmente el papel de una campaña anticipada.

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