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Cruceristas libran impuesto, usuarios de micro sufren aumentos

Colaboración
Hace 1 año
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Mientras empresarios y prestadores de servicios turísticos celebran que los cruceristas no paguen un impuesto de alrededor de 800 pesos por arribar al puerto, miles de usuarios del servicio público de pasajeros, enfrentan el incremento de 2.50 pesos a las tarifas que tienen que cubrir diariamente.

Fue este miércoles cuando los usuarios se despertaron con la sorpresa de que, a partir del día 1 del 2025, tienen que cubrir un pago de 15.50 pesos, mientras que las personas con discapacidad, que viajaban de manera gratuita, pagan 7.75 pesos.

El incremento se sustentó en el “Estudio Técnico del Programa para Promover la Adopción de Tecnologías Digitales por Medio del Incentivo al Pago Electrónico en el Transporte Público Masivo en el Estado de Baja California”, a cargo del Instituto de Movilidad Sustentable (IMOS).

El documento signado por Jorge Alberto Gutiérrez Topete, director general del IMOS, establece en la Tercera y Cuarta parte que “la aplicación de la tarifa diferenciada (…) surtirá efectos a la notificación al Instituto por parte de los concesionarios de la compra de los equipos de cobro electrónico”.

 

Publican decreto para exenta del pago del DNI a turistas

Por un periodo de seis meses, los pasajeros de crucero no tendrán que cubrir los 42 dólares por Derecho de No Inmigrante (DNI), luego del decreto firmado por la presidenta Claudia Sheimbaum Pardo, y el cual entró en vigor el 1 de enero del 2025.

ARTÍCULO PRIMERO

Se otorga un estímulo fiscal a los pasajeros extranjeros que ingresen a territorio nacional, vía marítima a bordo de buques de crucero, que deben cubrir el pago de derecho por la recepción, estudio de la solicitud, y en su caso, expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia de visitante, sin permiso para realizar actividades remuneradas a las que hace referencia el artículo 8o, fracción I, de la Ley Federal de Derechos.

El estímulo fiscal consiste en el crédito fiscal equivalente al 100% del monto del derecho señalado en el párrafo anterior, y se podrá acreditar contra el mismo derecho.

ARTÍCULO SEGUNDO

El estímulo fiscal a que se refiere el artículo primero del presente decreto será aplicable únicamente durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio, correspondientes al ejercicio fiscal 2025.

ARTÍCULO TERCERO

El servicio de Administración Tributaria podrá expedir las disposiciones de carácter general necesarias para la aplicación del presente decreto.

TRANSITORIO

ÚNICO

El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2025.

Dado en el Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 31 de diciembre de 2024.

Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo. Rúbrica.

Secretario de Hacienda y Crédito Público, Rogelio, Eduardo Ramírez, De la O. Rúbrica

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MERCADO NEGRO

Por: Nemo
Hace 1 año
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¿Y el ferry A’pá?

Se acabó el 2024 y ni las luces de uno de los proyectos más cacareados por el gobierno estatal, concretamente la gobernadora Marina del Pilar Ávila Olmeda y el secretario de Economía e Innovación (SEI), Kurt Ignacio Honold, el de que Ensenada cuente con su ferry.

Siendo justos, la responsabilidad no recae precisamente en ellos, sino en el concesionario, que hasta donde ha sido difundido corresponde a Azteca Ferries, empresa que a la fecha sigue sin publicar en su página de internet las tarifas para el viaje Ensenada-San Diego. Únicamente los horarios, pero esto y nada, es lo mismo.

...

Recordemos que Kurt Ignacio Honold declaró a principios de junio, en una visita al Consejo Coordinador Empresarial de Ensenada (CCEE), encabezado por Marco Antonio Estudillo, que el ferry estaría dentro de cinco meses, es decir, por ahí de octubre, pero pasan los meses y ni la proa del ferry se alcanza a ver en el horizonte. Es una lástima, pues ha generado mucha expectativa entre residentes y visitantes de Ensenada.

Operativo Sucio

Pues le cayó el chahuistle a un par de bodegones de venta de productos asiáticos, tras la llegada del “Operativo Limpieza”, que dejó más dudas que respuestas sobre estas acciones del gobierno federal y estatal, concretamente.

Primero, lo que nunca, o no al menos en épocas recientes: dejar pasar a la prensa para que grabara prácticamente todo, hasta el tiradero que dejaron los funcionarios federales al momento de estar decomisando la mercancía de presunto contrabando al interior de las tiendas.

Por fuera, el secretario de Economía, Marcelo Ebrard Casaubon, convocó a rueda de prensa para celebrar el aparatoso despliegue en el que desfilaron, digo, participaron la Guardia Nacional, Defensa, Marina, FESC y hasta el IMOS, para casi casi poner las esposas a un montón de prendas femeninas, cremas y juguetes de origen chino.

En este tiradero, digo, operativo cuidadosamente planeado y que aún le faltan, según amenazan, digo, anuncian las autoridades, llamó la atención que guardaron silencio el sector empresarial de Ensenada, como Marco Estudillo o Héctor Contreras Luengas, a quienes les encanta decir que el empresariado debidamente formal sí paga impuestos, en lugar de esta competencia desleal que operaba impune en el puerto.

Tampoco mandó algún comunicado la alcaldesa Claudia Agatón Muñiz, ni para felicitar los “resultados”.

Hay preguntas: ¿quién permitió la construcción de las naves industriales y permitió la venta? ¿Cómo que no sabían? ¿Cómo que lo hicieron frente a ellos? Pero quien sabe, capaz que todas las preguntas, como los caminos, conducen al Senado.

El robo de urnas: ya olvidado

Un caso que generó impacto y sacó de onda a más de uno, mientras que a otros ni les sorprendió, fue el robo de urnas registrados en una colonia tradicionalmente panista del puerto de Ensenada, en lo tocante a las elecciones federales del pasado 2 de junio.

Uno de los involucrados fue vinculado a proceso y otro murió en el Issstecali, debido al accidente sufrido cuando intentaban escapar. Esto es lo que llama la atención: ¿por qué fue internado ahí? En todo caso estaba la clínica del mismo Sauzal, o la 32 y el 8 del IMSS, más cerca en el recorrido, pero no, fue llevado a este sitio del orden estatal. Eso quiere decir ¿era maestro, funcionario menor o algún tipo de servidor público de bajo perfil? ¿Lo sabremos algún día?

Mercado Negro es una columna de opinión de Zona Norte Noticias. Sus comentarios los podrá hacer llegar al siguiente correo electrónico: znortemedios@gmail.com

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Opinión
SImulación político-partidista rebasa marco normativo
2026-07-21 18:14:59
...

 - .

Colaboración
...

El contexto político-partidista en México evidencia que la simulación opera como el mecanismo que permite a la competencia electoral, rebasar el marco normativo.

Bajo esta dinámica, los actores hegemónicos capitalizan la ambigüedad vacante antes de que la autoridad logre regularla.

Más información...

Por lo tanto, aunque no todas las acciones documentadas constituyen una ilegalidad flagrante, sí ilustran cómo agendas de carácter partidista, gubernamental, editorial o ciudadano operan funcionalmente como campañas anticipadas. Este es un análisis a través del cual describe dicho fenómeno tanto en su dimensión política como jurídica, delimitando con precisión las conductas probadas, las denunciadas y aquellas que subsisten en la zona gris del derecho electoral.

1.⁠ ⁠Convertir la sucesión interna en un “proceso político”, no en una precampaña

El caso más claro y reciente fue 2023. Morena organizó la selección de su futura candidatura presidencial mediante la figura de “Coordinador o Coordinadora Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación”.

Formalmente no se eligió en ese momento una candidatura; se eligió una coordinación partidista. En paralelo, la oposición creó el proceso del Frente Amplio por México para seleccionar a la persona responsable de “construir” dicho frente.

En los hechos, ambos procesos incluyeron:

  • Aspirantes de conocimiento nacional;
  • Recorridos por el país;
  • Eventos masivos;
  • Propaganda;
  • Debates políticos indirectos;
  • Encuestas o consultas como método de selección;
  • Cobertura mediática diaria.

La discusión jurídica fue precisamente si esos mecanismos eran auténticos procesos internos o precampañas presidenciales adelantadas.

El Tribunal permitió su continuación bajo restricciones, y el INE tuvo que crear lineamientos extraordinarios para fiscalizar gastos, propaganda y actividades porque la legislación ordinaria no contemplaba con claridad una contienda interna de esa magnitud celebrada antes de las precampañas legales.

La simulación consistió en:

No llamarlo “precampaña”, no denominar “precandidatos” a los participantes y no decir formalmente que se disputaba la candidatura presidencial, aunque el resultado político previsible fuera precisamente posicionar y seleccionar a quien posteriormente sería candidata o candidato.

Eso no significa que todo el proceso haya sido declarado ilegal. Significa que la arquitectura nominal y partidista permitió adelantar buena parte de las funciones políticas de una precampaña sin utilizar sus categorías jurídicas formales.

2.⁠ ⁠Sustituir el llamado expreso al voto por equivalentes comunicativos

La legislación define los actos anticipados, entre otros elementos, por la existencia de llamados expresos al voto a favor o en contra de una opción política.

En respuesta, la comunicación política se volvió más sofisticada. En lugar de decir:

“Vota por mí”

se emplearon expresiones como:

“Es tiempo de…”

“Que siga…”

“La transformación continúa”

“Es la respuesta”

“Estamos listos”

“Vamos a defender…”

“Que nadie nos detenga”

“El futuro es ahora”

Por separado, muchas de estas frases pueden presentarse como opiniones, lemas partidistas o mensajes genéricos. El problema jurídico surge cuando, dentro del contexto completo, funcionan como un equivalente funcional de solicitud del voto.

Las autoridades electorales han señalado repetidamente que no basta analizar una frase aislada; deben valorarse la audiencia, temporalidad, sistematicidad, posición de la persona, alcance territorial y beneficio electoral. Aun así, cuando no aparece un llamamiento suficientemente claro, las medidas cautelares o sanciones pueden resultar improcedentes.

La técnica política

Construir reconocimiento, preferencia y asociación emocional sin formular una petición explícita de voto. Jurídicamente, la frontera se desplaza de la literalidad al contexto, lo que vuelve la prueba más compleja y genera resultados judiciales variables.

3.⁠ ⁠Propaganda contratada aparentemente por “simpatizantes”

Durante 2023 aparecieron espectaculares, bardas, lonas y anuncios en distintas entidades promoviendo nombres, iniciales, caricaturas, libros, frases y atributos de aspirantes. Una defensa recurrente fue:

“No lo contraté”.

“No sé quién lo pagó”.

“Fue iniciativa de simpatizantes”.

“Ya me deslindé”.

“No corresponde a mi equipo”.

El INE abrió investigaciones para seguir la ruta del dinero y determinar quién contrató, pagó y se benefició de esa propaganda. También ordenó que los gastos vinculados a los procesos políticos fueran registrados y fiscalizados.

Cómo funciona la simulación

Una tercera persona, asociación, empresario, militante o grupo aparentemente independiente realiza el gasto. El aspirante obtiene exposición sin reconocer inicialmente el costo como propio. Después puede presentar un “deslinde”, cuya eficacia depende de que sea oportuno, jurídico, idóneo y eficaz; un simple comunicado tardío no necesariamente elimina responsabilidad.

La dificultad para la autoridad consiste en demostrar:

Coordinación;

Conocimiento previo;

Consentimiento;

Beneficio;

Origen del dinero;

Vínculo entre proveedor y estructura política.

4.⁠ ⁠Presentar propaganda personal como promoción de libros, revistas o entrevistas

Otra práctica consiste en promover:

  • Portadas de libros;
  • Revistas con fotografías de aspirantes;
  • Entrevistas pagadas;
  • Documentales biográficos;
  • Conferencias;
  • Presentaciones editoriales;
  • Campañas de “posicionamiento de imagen”.

El contenido puede formalmente anunciar un producto editorial o periodístico, pero visualmente destaca:

  • Rostro;
  • Nombre;
  • Eslogan;
  • Aspiración;
  • Atributos personales;
  • Presencia territorial sistemática.

El punto no es que promover un libro sea ilegal. El problema aparece cuando la promoción editorial se convierte en un vehículo sustitutivo de propaganda político-electoral y se despliega con una intensidad, temporalidad y cobertura que difícilmente se explican solo por fines comerciales.

En estos casos, la autoridad debe determinar si existe una finalidad electoral predominante, quién financió la publicidad y si el gasto produjo un beneficio cuantificable para una futura candidatura.

 

5.⁠ ⁠Utilizar informes legislativos o gubernamentales como plataformas de posicionamiento

La ley permite que las personas servidoras públicas informen sobre sus actividades, pero esa comunicación tiene límites temporales, territoriales y materiales. La práctica problemática consiste en:

  • Extender la difusión más allá del periodo permitido;
  • Colocar propaganda fuera del ámbito territorial correspondiente;
  • Destacar excesivamente rostro, nombre o lema;
  • Mantenerla publicada durante meses;
  • Convertir el informe en una gira;
  • Difundir logros institucionales como atributos personales.

En 2024, por ejemplo, tribunales electorales confirmaron infracciones relacionadas con la difusión extemporánea de informes legislativos.

La simulación

El mensaje se presenta como rendición de cuentas, pero su diseño y circulación cumplen funciones de construcción electoral: conocimiento del nombre, identificación con logros y asociación entre presupuesto público y reputación personal.

 

6.⁠ ⁠Confundir comunicación gubernamental con promoción personal

Las personas gobernantes y funcionarias tienen derecho a informar; sin embargo, los artículos constitucionales de imparcialidad y neutralidad impiden utilizar recursos públicos para favorecer opciones electorales.

Las zonas de conflicto recientes han incluido:

  • Conferencias oficiales;
  • Publicaciones en cuentas institucionales;
  • Inauguraciones;
  • Entrega de apoyos;
  • Eventos gubernamentales con aspirantes;
  • Entrevistas realizadas durante horario laboral;
  • Participación de servidores públicos en actos partidistas;
  • Transporte, personal o logística pública.

Existen resoluciones donde se analizaron o acreditaron promoción personalizada, actos anticipados, vulneración a la neutralidad o uso indebido de recursos. En un asunto relacionado con funcionarios de Michoacán, la Sala Especializada estudió y tuvo por actualizadas diversas infracciones vinculadas con promoción a favor de una aspirante presidencial.

El mecanismo

El acto se justifica como ejercicio del cargo, pero el beneficio reputacional se concentra en una persona o partido. La ventaja es especialmente fuerte para el oficialismo porque dispone de agenda pública, cobertura institucional y capacidad permanente de comunicación.

7.⁠ ⁠Mantener giras nacionales bajo la figura de “asambleas informativas”

Las asambleas partidistas son legales. Lo problemático surge cuando, antes de las precampañas:

  • Se realizan de manera sistemática en todo el país;
  • Tienen producción similar a un mitin;
  • Se personalizan alrededor de un aspirante;
  • Presentan discursos de contraste electoral;
  • Despliegan estructuras territoriales;
  • Distribuyen propaganda nominal;
  • Generan cobertura permanente.
  • Los lineamientos de 2023 permitieron actividades de procesos partidistas, pero prohibieron llamados al voto, propuestas electorales explícitas y determinadas formas de propaganda. También establecieron fiscalización y límites de gasto.

La utilidad política

Aunque formalmente se habla a militantes o simpatizantes, el evento se transmite en redes, medios y plataformas, por lo que la audiencia efectiva es mucho más amplia. Así se obtiene presencia nacional antes del periodo legal sin utilizar el nombre de “mitin de precampaña”.

 

8.⁠ ⁠Usar encuestas como método formal para legitimar una candidatura ya posicionada

Las encuestas internas cumplen dos funciones:

  1. ⁠Seleccionar formalmente;
  2. ⁠Incentivar meses de posicionamiento previo, porque cada aspirante necesita elevar conocimiento y preferencia antes de la medición.

La encuesta actúa como justificación organizativa de giras y propaganda: “no estoy buscando el voto ciudadano; estoy buscando ser reconocido por militantes y simpatizantes para una medición interna”.

En 2023, tanto el oficialismo como la oposición utilizaron mecanismos de encuesta, consulta o participación para legitimar sus procesos anticipados. La estructura permitía afirmar que no se estaba compitiendo todavía en una elección constitucional, sino dentro de una organización política.

9.⁠ ⁠Separar formalmente campaña digital y estructura partidista

En redes sociales se utilizan:

  • Páginas de apoyo no oficiales;
  • Comunidades de simpatizantes;
  • Influencers;
  • Cuentas temáticas;
  • Grupos de WhatsApp y Telegram;
  • Contenidos aparentemente espontáneos;
  • Memes;
  • Clips emocionales;
  • Campañas de hashtags.

La dificultad regulatoria está en demostrar quién pagó, quién coordinó y si existe aportación en especie. Cuando una red parece orgánica, el beneficiario puede negar control. Cuando existen pagos o coordinación, deberían reportarse como gasto y pueden generar responsabilidad.

La investigación electoral actual enfrenta un problema adicional: buena parte de la propaganda digital es efímera, microsegmentada o distribuida por terceros, lo que complica su monitoreo y valuación.

 

10.⁠ ⁠Adelantar posicionamiento mediante asociaciones civiles o plataformas ciudadanas

Antes de una candidatura formal, pueden crearse:

  • Asociaciones civiles;
  • Movimientos ciudadanos;
  • Fundaciones;
  • Plataformas temáticas;
  • Observatorios;
  • Iniciativas de causas públicas.

Estos vehículos organizan eventos, producen contenidos, levantan bases de datos y construyen redes territoriales.

Por sí mismas, estas actividades pueden ser legales. La simulación aparece cuando la organización está materialmente orientada a promover una candidatura futura, pero sus recursos y actividades no se reportan como gasto electoral porque formalmente todavía no existe esa candidatura.

El punto crítico para la fiscalización es determinar cuándo una actividad ciudadana deja de ser autónoma y se convierte en aportación coordinada a un proyecto electoral.

 

11.⁠ ⁠Explotar periodos regulatorios incompletos

En la elección judicial de 2025 se observó otro ejemplo: aspirantes comenzaron giras, entrevistas y eventos antes del periodo de campaña, en un contexto normativo nuevo, con reglas incompletas y sanciones poco claras. Diversas críticas señalaron que algunas personas aprovecharon esa incertidumbre para posicionarse antes que sus competidores.

El patrón es recurrente:

  1. 1.⁠ ⁠Surge una figura electoral nueva;
  2. 2.⁠ ⁠La ley no regula todos los supuestos;
  3. 3.⁠ ⁠Los actores se adelantan;
  4. 4.⁠ ⁠La autoridad emite lineamientos;
  5. 5.⁠ ⁠Los tribunales corrigen o acotan;
  6. 6.⁠ ⁠Para entonces, parte de la ventaja comunicativa ya se obtuvo.
  7.  7.⁠ ⁠Deslindarse después de recibir el beneficio

El “deslinde” se ha convertido en una pieza habitual:

“No autoricé esa barda, espectacular, evento o página.”

Jurídicamente, el deslinde no opera automáticamente. Para ser eficaz debe mostrar acciones reales para detener la conducta, identificar responsables y evitar la continuidad. Sin embargo, políticamente, aun cuando después se retire la propaganda, el nombre ya fue expuesto durante días o semanas.

Ahí existe una asimetría importante:

  • La sanción puede llegar meses después;
  • La exposición ocurrió en el momento políticamente útil;
  • El costo reputacional o económico de la sanción puede ser menor que el beneficio obtenido.

 

El patrón general

La estrategia reciente no suele consistir en violar frontalmente la norma mediante un anuncio que diga “vota por mí antes de tiempo”. Es más sofisticada:

  1. ⁠Cambiar el nombre jurídico de la actividad.
  2. ⁠Evitar el llamado literal al voto.
  3. ⁠Distribuir el gasto entre terceros.
  4. ⁠Separar formalmente al aspirante de la propaganda.
  5. ⁠Usar actividades legítimas —informes, libros, asambleas, entrevistas— con intensidad electoral.
  6. ⁠Aprovechar que la autoridad debe investigar contexto, financiamiento y coordinación.
  7. ⁠Litigar hasta que la campaña o el proceso ya produjo efectos políticos.

Valoración objetiva

El caso de 2023 marcó un cambio cualitativo: la precampaña presidencial material comenzó varios meses antes de la precampaña legal, tanto en el oficialismo como en la oposición. El INE y el Tribunal no ignoraron el fenómeno; intentaron encauzarlo mediante reglas extraordinarias y fiscalización. Sin embargo, ese remedio también terminó normalizando parcialmente una realidad política que la legislación no había previsto.

La lección institucional es clara: en México la competencia electoral suele avanzar más rápido que la regulación. Los actores más poderosos explotan primero la ambigüedad; las autoridades regulan después. No todo lo descrito es automáticamente ilegal, pero sí muestra cómo actividades formalmente partidistas, gubernamentales, editoriales o ciudadanas pueden desempeñar funcionalmente el papel de una campaña anticipada.

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